foto noticiaLa Directriz de Protección del Suelo, que es el elemento previsto por la Ley de Ordenación del Territorio y Urbanismo (LOTUR) para sustituir el Plan Especial de Protección del Medio Ambiente natural de La Rioja (PEPMAN), regula los terrenos no urbanizables de todos los municipios de la región. «Es necesaria porque multitud de actividades se celebran en suelo no urbanizable», justificó Vallejo, que aseguró que el documento «está adaptado a los nuevos tiempos». «Mejorará los valores del paisaje y los medios para protegerlos»

La normativa añade una nueva categoría de protección, la de Paisajes Agrícolas de Interés, que se divide en dos subcategorías:

1. Paisajes vitivinícolas: Incluye la margen izquierda del río Oja-Tirón (entre Cuzcurrita y Haro), la Sonsierra (entre el río Ebro y el ámbito del Lugar de Interés Comunitario, LIC, de la Sierra de Cantabria), paisajes vitivinícolas de La Rioja Alta-Media (entre la comarca de Nájera y el espacio de Huertas del Iregua, incluyendo la zona de Briones-San Asensio) y paisajes vitivinícolas de La Rioja Baja (entre Autol, Aldeanueva de Ebro, Rincón de Soto y Alfaro)

2. Paisajes esteparios: Áreas esteparias de Murillo de Río Leza, Arnedo-Pradejón y Alfaro.